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Las separaciones matrimoniales competirán con los tribunales civiles?

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Mientras el número de matrimonios en España tiende a disminuir, aumentan las demandas de nulidad y separación conyugal. El espectacular incremento de la actividad de los tribunales eclesiásticos en el último quinquenio es un reflejo de este fenómeno.

Sólo en Madrid las causas de nulidad pasaron de noventa a 432, y en este período de cinco años se tramitaron en total más de 5.000 casos entre separaciones y sentencias de nulidad matrimonial.

La firma del acuerdo con la Santa Sede representa la implantación de una nueva legalidad en materia matrimonial sobre cuyas implicaciones un conocido abogado matrimonialista hizo a las siguientes manifestaciones.

La cuestión matrimonial es uno de los aspectos que modifica sustancialmente el acuerdo firmado el pasado día 3 de enero entre el Estado español y la Santa Sede.

La absoluta libertad de opción entre el matrimonio civil y el canónico, la limitación de la competencia de los tribunales eclesiásticos, la desaparición de la Rota, son algunos de los principales cambios introducidos en una materia que tiene indudable repercusión social.

Ignacio Careaga, abogado matrimonialista con una larga experiencia en el tribunal de la Rota, analiza el contenido y las posibles consecuencias de dicho acuerdo que califica, en principio, de paso positivo.

La libertad de opción plena e incondicionada libertad significa que todo español puede casarse civil o canónicamente, indistintamente y sin requisitos previos.

Así, quien decida contraer matrimonio civil no tendrá que hacer una declaración pública en su parroquia como hasta ahora se exigía en virtud del artículo 42 del Código Civil, que deberá ser reformado cuanto antes.

Otro cambio fundamental es que las separaciones matrimoniales dejan de ser competencia de los tribunales eclesiásticos. Esto no implica su desaparición, sino que sus funciones serán las mismas que desempeñan en todos los países del mundo católico, es decir, la resolución de causas que afectan la subsistencia del vínculo matrimonial: nulidad y disolución del matrimonio rato y no consumado, lo que se conoce con el nombre de anulaciones.

Por último, con la vigencia del nuevo acuerdo, el Tribunal de la Rota Española quedará extinguido como tal. Sin embargo, es previsible que en su lugar se erija un tribunal de tercera instancia, como se hizo en Austria, que también había tenido su propia Rota.

Pero de momento se puede afirmar que este tribunal inicia una etapa de extinción legal, aunque siga tramitando las causas pendientes.

Abogado May 16, 2008 06:12 PM